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1.1 Formas jurídicas. Criterios de elección

Antes de poner en marcha una empresa, debes decidir cuál es la forma jurídica que vas a adoptar. Para ello, debes basarte en los siguientes criterios: 

  • Número de socios
  • Capital social con el que se inicia la empresa
  • Actividad a desarrollar (determinadas actividades no pueden adoptar ciertas formas jurídicas)
  • Responsabilidad económica que estás dispuesto a asumir
  • Obligaciones fiscales que comporta
  • Régimen de la Seguridad Social al que obliga

Las diferentes formas jurídicas que adopta una empresa se pueden clasificar en:

Personas físicas

  • Empresario individual (autónomo)
  • Empresario de responsabilidad limitada
  • Sociedad civil
  • Personas jurídicas:
  • Sociedad Limitada
  • Sociedad Anónima
  • Sociedades laborales
  • Cooperativas

La persona física es un ser humano, con capacidad para obrar y sujeto de derechos.

Persona jurírica

Personas jurídicas:

  • Sociedad Limitada
  • Sociedad Anónima
  • Sociedades laborales
  • Cooperativas

La persona jurídica adquiere la personalidad y capacidad para obrar y ser sujeto de derechos a partir de su constitución.

En esta clasificación no se incluye la Comunidad de Bienes dado que, desde 2016 no se permite la creación de CB para el desarrollo de una actividad mercantil. En la siguiente tabla puedes encontrar un resumen de las diferentes formas jurídicas, con el número de socios y capital que exigen, así como régimen fiscal.